martes, 24 de febrero de 2009

COMENTARIO SUDSIDIO AGRARIO

Subsidio agrario
medidas comentarios
Subsidio eventuales (Andalucía y Extremadura)
No podrán acceder:
? Los que lo soliciten por primera vez
? No hayan sido beneficiarios en ninguno de los 3 años precedentes al de solicitud
? Hayan extinguido su derecho al subsidio por sanción administrativa Movilidad geográfica para los beneficiarios del subsidio agrario:
? Se aplicará a todas las ofertas de trabajo el concepto de "empleo adecuado"
? Se potenciarán y flexibilizarán las ayudas para desplazamientos por trabajo
? Se reforzarán las ayudas y dietas para cursos de formación ocupacional cuando exista oferta de empleo en firme.

Esta prestación se congela, en la práctica no habrá nuevos ingresos y es por tanto un subsidio a extinguir.
Se pretende que los beneficiarios del subsidio acepten cualquier oferta de empleo, aunque sea con cambio de residencia temporal. La medida producirá “competencia” con los trabajadores inmigrantes, incluidos los bajos salarios y presión sobre los contingentes.

Nuevo Sistema contributivo (para todo el Estado español)
Cotización: se establece una equiparación progresiva con la del sistema general: Primer año 25%; segundo año 50%;tercer año 75%; cuarto año100%.
Duración: 1 día de prestación por cada 4 de ocupación:
Mínimo: desde 360 hasta 539 días de cotización (1 a 1,5 años) = 90 días de duración (3 meses)
Máximo: desde 2160 días de cotización (6 años) = 540 días duración (18meses)

Aunque se dice que el tipo de cotización y su distribución entre empresarios y trabajadores son los mismos que en el sistema general de desempleo, sin embargo la relación entre tiempo cotizado y duración de la prestación es más negativa: en el sistema general un año de cotización da derecho a 4 meses de prestación; en el nuevo sistema agrario un año de cotización da derecho a 3 meses de prestación. Además, este sistema no daría derecho a subsidios del nivel asistencial No está justificado este peor tratamiento en la prestación ya que se parte del mismo periodo de cotización. En definitiva, es un sistema especial con menos derechos. Afecta no sólo a los desempleados, sino a los trabajadores ocupados en el sector agrario.

Altas en Seguridad Social (S.S.) de trabajadores agrarios
? La empresa deberá comunicar, antes de iniciar la prestación de servicios, el alta de cada trabajador y posteriormente las interrupciones, bajas y reanudaciones de actividad.
? La S.S. deberá informatizar los datos y cotizaciones de cada trabajador y empresa.

Se trata de introducir en el régimen agrario el mismo sistema de comunicación de altas y bajas que en el régimen general de Seguridad Social.
La medida es adecuada, pero para que sea eficaz es necesario definir también el sistema de infracciones y sanciones para el empresario queincumpla.

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